Erika Vilema Angos, Holger García Segarra, Luz Castillo López
La violencia vicaria se concibe como el desplazamiento de la agresión hacia los hijos o personas dependientes, con la finalidad de perpetuar el maltrato dirigido contra la mujer. En este contexto, el objetivo del presente estudio fue analizar los vacíos normativos existentes en la legislación ecuatoriana, a fin de identificar las implicaciones derivadas de su falta de tipificación, así como revisar la necesidad de analizar la necesidad de su regulación que permitan su abordaje efectivo y examinar la doctrina pertinente en la materia. En cuanto a la metodología, se adopta un enfoque cualitativo, bajo un diseño no experimental de carácter documental. El tipo de investigación es exploratorio, con un alcance jurídico-descriptivo y analítico-sintético. La población objeto de estudio se encuentra constituida por el marco normativo ecuatoriano vigente, mientras que la muestra fue seleccionada mediante un muestreo intencional, centrado en el Código Orgánico Integral Penal y la Ley Orgánica para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, evaluando la ausencia de regulación específica sobre la violencia vicaria. Los resultados evidencian la inexistencia de normativa expresa en el ordenamiento jurídico interno que sancione tal forma de violencia, lo cual genera un escenario de desprotección para la víctima. En consecuencia, se concluye que la falta de tipificación en el Código Orgánico Integral Penal impide sancionar adecuadamente el daño causado, resultando indispensable la incorporación de la violencia vicaria, ya sea como agravante o como un tipo penal autónomo, a fin de evitar escenarios de impunidad